MEDIO
DE PAGO UTILIZADOS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
CONCEPTO:
Los Medios de Pago
Internacional son instrumentos financieros por lo general en moneda extranjera,
y el cual debe ser plenamente aceptado por el exportador que a su vez es el
vendedor y que a la vez este satisfaga la deuda contraída por el importador que
al mismo tiempo es el comprador.
Se trata de aquellos
instrumentos o modalidades operativas por medio de los cuales el importador
puede cancelar el compromiso de pago contraído con el exportador en virtud de
una relación comercial instrumentada mediante un contrato de Compraventa
Internacional.
Así mismo, se trata de transacciones
económicas con el exterior que impliquen el intercambio de bienes o servicios
entre compradores y vendedores de diferentes países.
Existen también ciertos
factores a tener en cuenta en la elección de un medio de pago:
Factores
de carácter general
· Naturaleza del producto
· Monto de la transacción
· Forma de pago
· Costo de cada medio
· Agilidad para el cobro.
· Tamaño de las partes.
· Grado de relación o de confianza entre
las partes
Factores
vinculados con el exportador
· Liquidez
· Capacidad de crédito
· Política empresaria
· Política monetaria del país
· Política promocional del país
Factores
vinculados con el importador
· Características del país
· Política monetaria del país
· Comportamiento de la competencia
· Solvencia económica y financiera del
importador
Los
pagos en los contratos de compraventa Internacional se materializan a través de
Bancos, básicamente mediante dos formas:
A) Los Bancos
intervienen para pagar (Cartas de Crédito o Créditos Documentarios), orden de
pago generado por el Importador en favor del Exportador.
B) Los Bancos
intervienen para cobrar (Documentos en Cobranza o Cobranza Documentada), orden
de cobro, generada por el Exportador con cargo al Importador.
La intermediación
bancaria en ambos casos es independiente del contrato de compraventa
internacional pues los Bancos sólo trabajan con documentos de embarque (factura
comercial, conocimiento de embarque, póliza de seguro, packing list, etc.), sin
asumir responsabilidad alguna por la presentación de documentación fraguada. Se
entiende que el vendedor ya ha determinado si va a exportar valiéndose de una
carta de crédito o si utilizará el servicio de cobranza documentaria.
Los usos y prácticas
internacionales de medios de pago se estandarizan mediante un conjunto de
normas flexibles elaboradas por la Cámara de Comercio Internacional que si bien
no son de obligatorio cumplimiento, se aplican pues están basados en la
experiencia de los bancos comerciales y de las empresas exportadoras e importadoras.
Las normas concernientes a los créditos documentarios son conocidas como
“Reglas y Usos Uniformes Relativos a los Créditos Documentarios”, cuya versión
vigente es Publicación o Folleto N° 500. Las normas concernientes a los
documentos en cobranza se conocen como “Reglas Uniformes relativas a las
Cobranzas”.
Los créditos
documentarios como los documentos en cobranza consiguen conciliar los intereses
del comprador y del vendedor. El comprador quiere tener la seguridad que no
pagará hasta tener la certeza documental que el vendedor ha cumplido con la
obligación de entrega y el vendedor por su parte, quiere tener la seguridad que
recibirá el pago en el plazo convenido. La intervención de los Bancos facilita
y asegura el cumplimiento de ambas partes.
La Carta de Remesa es
el formulario que envía el Banco Remitente al Banco Cobrador con los documentos
e instrucciones, para que el Banco Cobrador efectúe la cobranza. Se utiliza
tanto en carta .de crédito como en la cobranza documentaria.
DOCUMENTOS
FINANCIEROS Y COMERCIALES
Documentos
Financieros: son los que se utilizan para efectuar
pagos: letra de cambio, pagaré, cheque, comprobante de pago y demás documentos
de crédito o de cobranza similares que se utilicen para obtener el pago.
Documentos
Comerciales: son los que sirven para acreditar la
compraventa entre las partes, el envío de las mercancías y su disponibilidad.
Los documentos comerciales pueden ser Primarios y Operativos
Los
documentos primarios: son los que se utilizan desde la iniciación
hasta el perfeccionamiento de la compraventa internacional: carta de
presentación del exportador, solicitud de cotización del importador, oferta del
exportador, contra oferta del comprador, confirmación del pedido por el
exportador que precisa el envío y forma de pago sin modificar la oferta,
factura proforma que no es definitiva etc. Es de advertir que los documentos
primarios pueden ser obviados, como es en el caso de los contratos verbales.
Los
documentos operativos: son los que evidencian la implementación
del contrato de compraventa:
Ø La
factura comercial que se expide por el exportador luego de haberse concluido la
negociación contractual.
Ø El
documento de transporte que acredita el despacho de la mercancía por el medio
de transporte utilizado, expedido por el transportista designado que varía
según sea el medio que se utilice para el envío de la mercancía al comprador,
pudiendo tratarse de Conocimientos de Embarque (Bill of Lading) cuando el envío
se hace por barco, Carta de Porte Aéreo (Air Way Bill), Carta de Porte
Terrestre, Carta de Porte de Ferrocarril y de transporte multimodal; el Packing
List o Lista de Empaque o relación de contenido que lo emite al transportista;
Ø La
Póliza de Seguro.
Ø Los
Documentos de Certificación (de origen, sanitarios, de verificación etc) y todo
documento utilizado para operativizar el despacho.
CRÉDITOS DOCUMENTARIOS
(CARTA DE CRÉDITO)
La carta de crédito es
un contrato en el cual un comprador en el exterior contacta a un banco en el
exterior para que dicho banco realice el pago al exportador por medio de una
entidad financiera ubicada en el país de residencia del vendedor.
La Carta de Crédito es
el documento bancario esencial por el cual un Banco se obliga a pagar al
Exportador por cuenta del Importador en un plazo y contra entrega de
determinados documentos. Representa la forma de pago internacional más
utilizada mundialmente.
El Importador, ordenante
o comprador es el que pide a un banco emisor que emita la carta de crédito
(solicitud de apertura de crédito documentario). El Exportador,
beneficiario o vendedor es a favor de quien viene dirigida la carta de crédito
y la recibe por intermedio del banco notificador.
Surge, ante la necesidad
de brindar seguridad y rapidez de cobro a las partes intervinientes en una
compraventa o negocio internacional, ya que muchas veces las partes no se
conocen. Es un compromiso emitido por un banco (emisor) obrando por cuenta y
orden de su cliente (importador) de pagar o hacer pagar (generalmente por medio
de otro banco) a un beneficiario (exportador), una determinada suma de dinero
contra la presentación de los documentos exigidos (documentos del transporte,
factura comercial, póliza de seguros, etc.), siempre y cuando estos cumplan con
los términos y condiciones del crédito documentario.
DOCUMENTOS EN COBRANZA (COBRANZA DOCUMENTARÍA)
En este sistema de pago
el exportador entrega a una entidad financiera documentos financieros (letras
de cambio) y/o comerciales (facturas,
listas de empaque, documentos de transporte, entre otros), con el fin de que
dichos documentos lleguen a manos del comprador cuando el vendedor se lo
indique a la entidad financiera correspondiente como contra pago o contra
aceptación, es decir, previo pago y/o aceptación de una letra de cambio por
parte del importador.
Se puede definir la
cobranza documentaria como la operación, por la cual el Exportador instruye al
Banco Local (Remitente) para realizar ante el Banco Corresponsal (Cobrador) las
gestiones de aceptación y/o pago de documentos que representan un compromiso
adquirido previamente por el Importador. (INSTRUCCION DE COBRO). La operación
de cobranza se origina en el exportador y para el Banco Remitente es una
cobranza de exportación, mientras que para el Banco corresponsal es una
cobranza de importación.
Los documentos pueden
ser financieros y comerciales. Son documentos financieros: las letras de
cambio, cheques, pagarés, comprobantes de pago y demás documentos similares.
Son documentos
comerciales las facturas, documentos de transporte, de título de póliza, de
seguro o de cualquier otro siempre y cuando no sea un documento financiero, que
se anexan a éstos para ser entregados contra aceptación o pago, según sea el
caso. Los documentos comerciales pueden también no estar acompañados a
financieros.
Cualquier documento
enviado para su cobro, (INSTRUCCIÓN DE COBRO) debe ir acompañado de las órdenes
completas y precisas. Los bancos sólo están autorizados para actuar según las
instrucciones suministradas. Las instrucciones básicas pueden ser:
Entrega de documentos
comerciales contra “Orden D/P” o contra “Orden D/A”.
D/P, Significa entrega
de documentos contra pago a primera presentación. Si se quiere demorar el pago
y entrega se indica: D/P llegada mercancía
D/A, Significa entrega
de documentos contra aceptación.
El documento comercial
sirve para exigir el pago de la obligación o el pago del documento financiero
ya que sin ellos no podrá desaduanarse la mercancía Todo crédito documentario
tiene una doble finalidad económica; asegurar al vendedor el cobro de la
mercancía enajenada y garantizar al comprador que tal mercancía le fue enviada.
INTERVINIENTES E INTERMEDIACIÓN BANCARIA
GENERALMENTE INTERVIENEN:
1. El ordenante o
cedente (principal) que es el acreedor, vendedor o exportador, es decir el
cliente que encomienda el cobro a su banco.
2. El Banco Remitente
(Remitting Bank) que es el banco del país del exportador que recibe la
tramitación de cobro, documentos en cobranza e instrucciones.
3. El Banco Cobrador o
Corresponsal (Collecting Bank) que es el banco del país del importador que
recibe la documentación del Banco Remitente para tramitar su cobro.
Es el Banco Presentador
(Presenting Bank) cuando efectúa la presentación al librado.
4. El Girado o librado
(Drawee) que es el deudor, comprador o importador, es decir la persona quien
debe pagar.
Para las Importaciones,
por su menor costo, los documentos en cobranza resultan los más utilizados,
mientras que para las Exportaciones son más utilizados los créditos
documentarios.
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